Faltas de asistencia al comedor: Justificación de las mismas e implicaciones en la cuota mensual:
Cuando las faltas injustificadas de asistencia al comedor sobrepasen el número de 5, el alumno será dado de baja de forma automática del servicio de comedor, previa comunicación a los padres o tutores legales.
La justificación de las faltas de asistencia al comedor la realizarán los padres según el siguiente procedimiento:
Justificación verbal o telefónica para faltas de hasta 2 días.
Justificación escrita por medio de comprobante médico; la aceptación de comprobantes escritos de otra índole quedará a criterio del profesor encargado del comedor.
La justificación se realizará ante el profesor encargado del comedor o persona en quien éste delegue, en el día de la falta o en el plazo de los 2 días siguientes a la falta.
Las faltas de asistencia al comedor tendrán las consecuencias en la cuota mensual que se indican a continuación:
Faltas justificadas: Se descuenta de la cuota del mes siguiente, si procede la devolución. En cualquier caso, sólo se procederá a devolución si la falta de asistencia al comedor se notificó con una semana de antelación, para avisar al proveedor, con el fin de anular la ración alimenticia correspondiente.
Faltas injustificadas sin que proceda la baja del comedor: No corresponde la devolución de la parte de la cuota mensual correspondiente a los días de las faltas.
Faltas injustificadas con baja del comedor: Se devolverá la parte de la cuota mensual correspondiente al periodo que va desde la fecha de la baja hasta el final de mes.
El procedimiento para conceder la baja voluntaria del comedor, a solicitud de los padres o tutores legales, será el siguiente:
La baja voluntaria del servicio de comedor escolar será solicitada por escrito ante el profesor encargado del comedor, con 7 días de antelación a la fecha en la que se desea abandonar dicho servicio.
La baja voluntaria será efectiva desde el momento de la solicitud.
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