Cuando las faltas injustificadas de asistencia al comedor sobrepasen el número de 5, el alumno será dado de baja de forma automática del servicio de comedor, previa comunicación a los padres o tutores legales. |
La justificación de las faltas de asistencia al comedor la realizarán los padres según el siguiente procedimiento: |
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Justificación verbal o telefónica para faltas de hasta 2 días. |
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Justificación escrita por medio de comprobante médico; la aceptación de comprobantes escritos de otra índole quedará a criterio del profesor encargado del comedor. |
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La justificación se realizará ante el profesor encargado del comedor o persona en quien éste delegue, en el día de la falta o en el plazo de los 2 días siguientes a la falta. |
Las faltas de asistencia al comedor tendrán las consecuencias en la cuota mensual que se indican a continuación: |
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Faltas justificadas: Se descuenta de la cuota del mes siguiente, si procede la devolución. En cualquier caso, sólo se procederá a devolución si la falta de asistencia al comedor se notificó con una semana de antelación, para avisar al proveedor, con el fin de anular la ración alimenticia correspondiente. |
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Faltas injustificadas sin que proceda la baja del comedor: No corresponde la devolución de la parte de la cuota mensual correspondiente a los días de las faltas. |
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Faltas injustificadas con baja del comedor: Se devolverá la parte de la cuota mensual correspondiente al periodo que va desde la fecha de la baja hasta el final de mes. |
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El procedimiento para conceder la baja voluntaria del comedor, a solicitud de los padres o tutores legales, será el siguiente: |
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La baja voluntaria del servicio de comedor escolar será solicitada por escrito ante el profesor encargado del comedor, con 7 días de antelación a la fecha en la que se desea abandonar dicho servicio. |
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La baja voluntaria será efectiva desde el momento de la solicitud. |
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